3. La forma jurídica

Ya te puedes imaginar que si la dimensión más extendida entre las empresas es la pequeña empresa la forma jurídica que más se adapta a ese tamaño son las de persona física o autónomo.

 

Si recuerdas lo que vimos al inicio de este curso también la sociedad limitada, que aparece en el segundo lugar de las formas jurídicas, se adapta a las necesidades de la PYME: sociedades que no requieren grandes capitales, que no permiten la libre transmisión de participaciones y que mantienen gran cercanía entre la propiedad y la gestión.

 

En puestos inferiores aparece la sociedad anónima, la forma jurídica típica de las grandes empresas y que está perdiendo protagonismo entre las PYMES en favor de la sociedad limitada y la comunidad de bienes. Estas empresas mueven volúmenes enormes de producción y ventas pero continúan siendo minoritarias en cuanto a su cantidad.

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Imagen 6. Fuente: Elaboración propia.
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