7. Las cooperativas
Concepto: Es una asociación voluntaria de personas y no de capitales, con personalidad jurídica, de duración indefinida, con responsabilidad limitada, donde las personas se unen con el fin de buscar beneficios para todos. El principal objetivo es satisfacer las necesidades de sus socios y no el beneficio. La consigna es el espíritu de hermandad e igualdad entre sus miembros, donde todos tienen los mismos deberes y derechos.
Características generales:
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Imagen 17. Imagen de elaboración propia
- Se basan en la solidaridad entre los socios y en el principio "una persona un voto" con independencia de lo que haya aportado al capital cada uno. Los socios no responderán de las deudas sociales, es decir, tienen responsabilidad limitada y su participación no es libremente transmisible.
- La denominación de la Sociedad incluirá necesariamente las palabras "Sociedad cooperativa" o su abreviatura "S.Coop."
- Las cooperativas también pueden tener asociados que aportan capital, cobran intereses y no responden personalmente de las deudas sociales.
- El 30% de los excedentes obtenidos se debe destinar al Fondo de Reserva obligatorio y al fondo de educación y promoción. El resto de los beneficios se pueden repartir según esté fijado; el "retorno cooperativo" es el reparto entre los socios en proporción a su actividad en la cooperativa, nunca en función de su aportación al capital.
- Por el beneficio tributa en el impuesto de sociedades.
Los siete principios cooperativos
- Adhesión Voluntaria y Abierta.
- Gestión Democrática por Parte de los Socios.
- Participación Económica de Los Socios.
- Autonomía e Independencia.
- Educación, Formación e Información.
- Cooperación entre Cooperativas.
- Interés por la Comunidad.
Su objetivo principal es satisfacer las necesidades de los socios.
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El número mínimo de socios para crearla es 5.
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No son sociedades mercantiles, porque el objetivo principal no es conseguir beneficio.
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El beneficio no se reparte según el capital aportado.
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Cada socio tiene derecho a un voto independientemente de la cantidad de capital que haya aportado.
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El capital mínimo para crearlas es de 60.101,21€.
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Siempre tienen responsabilidad ilimitada frente a las deudas sociales.
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Existen cooperativas de primer grado y de segundo grado.
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A. Asamblea general: reúne a todos los socios y es el órgano de gobierno. Examina la gestión social y aprueba las cuentas anuales.
B. Consejo Rector: es el órgano de gestión y representación de la cooperativa.
C. Interventores: controlan las cuentas anuales de la cooperativas.
Ventajas:
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Imagen 18. Imagen de elaboración propia - Es una unión de personas para realizar una actividad que beneficie a todos los socios, esa es su principal ventaja, ya que esto supone una gran aliciente y motivación.
- Prioridad por los objetivos sociales por encima de la obtención de beneficios a cualquier precio. Así, en épocas de crisis lo último que se pierde es el empleo.
- Ventajas fiscales, aunque depende de la legislación de cada comunidad en general las cooperativas están fiscalmente protegidas sólo tributan al 20% en el impuesto de sociedades.
Inconvenientes:
- Dificultades para incrementar el número de socios, crecer y expandirse. Los socios pueden no querer realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo en el que ellos prevén que estarán en la empresa.
- Disparidad de normas según las comunidades.
Ejemplo: Hay cooperativas de productores y trabajadores (como las de profesores que ponen en marcha un colegio, de crédito, etcétera), de distribuidores (como de camioneros o de minoristas que se unen para obtener mejor posición en el mercado) e incluso de consumidores (como las cooperativas de vivienda).
- Cooperativas de primer grado, integradas como mínimo por tres cooperativistas personas físicas (algunas Comunidades Autónomas 5 personas físicas)
- Cooperativas de segundo o ulterior grado, cuyos socios son a su vez cooperativas, como mínimo en número de dos.