2.1. Legislación mercantil

Las normas mercantiles regulan la actividad empresarial
Imagen 5. Imagen de elaboración propia

La fuente básica de legislación mercantil es el Derecho Mercantil, es decir, el Derecho que ordena la actividad empresarial. Esta legislación puede agruparse en dos grandes bloques:

  • El Código de Comercio: es el principal marco legislativo de la actividad mercantil y, aunque se trata de una ley de 1885, constantemente se ha modificado a través de las normas especiales para ir adaptándolo a las nuevas necesidades.
  • Normas especiales: se trata de todo un conjunto de normas que regulan prácticas empresariales como la ley de patentes, la ley general de la publicidad, la ley de sociedades anónimas, la ley del mercado de valores, la ley de competencia desleal, etcétera.
Cada acto económico que llevan a cabo las empresas (compra-venta, contratos, seguros, etcétera), tiene detrás una o varias normas que regulan la manera de desarrollarlo y que no siempre se mantiene en el tiempo: la regulación va sufriendo transformaciones a lo largo del tiempo para adapatarla a las nueva realidad económica.
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No obstante, la legislación que afecta a la actividad empresarial emana de muchas fuentes diferentes entre las que nos encontramos la legislación europea (desde nuestra entrada en la UE muchas normas se han tenido que adaptar o directamente aplicar en base al marco Comunitario), o de la propia Constitución. Así, en ésta nos encontramos principios claves para el desarrollo de la actividad empresarial como la libertad de empresa (establece la libertad de crear y gestionar empresas de acuerdo con las necesidades e intereses generales de la sociedad), o el derecho de propiedad (facultad de usar y disponer de las cosas a favor de aquellos que son reconocidos como propietarios).

Ejemplo de publicidad comparativa
Imagen 6. Elaboración propia
Otro principio que viene presentado en la propia Constitución es la libertad de empresa, dentro del marco de la economía de mercado, encargando a los poderes públicos que garanticen y protejan dicha libertad en un contexto de competencia, ya que se considera que la competencia entre empresas beneficia al interés común. Así, la Ley de Competencia sanciona conductas que puedan impedir, restringir o falsear la competencia del mercado nacional como la fijación de precios al margen del mercado, el reparto de mercados o, en definitiva, el abuso de una posición dominante. Para garantizar la competencia se crean el Tribunal de Defensa de la Competencia y el Servicio de Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, que puede instruir expedientes contra quienes incurran en prácticas prohibidas.

 

Por otro lado, el marco legal regula otros aspectos como la publicidad para evitar los abusos frente a empresas o a los propios consumidores. Lo hace a través de la la Ley General de la Publicidad que prohíbe prácticas como la publicidad engañosa, la publicidad desleal o la publicidad subliminal.

 

Por último, comentar que también existen normas que amparan la propiedad industrial. Éstas permiten utilizar industrialmente inventos e innovaciones durante cierto tiempo, de forma exclusiva, a través de patentes de invención y certificados de protección de modelos de utilidad. Una Patente concede un derecho de explotación exclusiva, durante 20 años, a quienes hayan realizado un nuevo invento susceptible de aplicación industrial. Los Modelos de Utilidad, por otra parte, son las invenciones con menor rango ya que, siendo nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente apreciable para su uso o fabricación (utensilios, herramientas, aparatos).

Puedes consultar más información en la oficina española de patentes y marcas en la siguiente dirección: http://www.oepm.es

 

Ministerio

 

Imagen de elaboración propia
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En Europa la publicidad comparativa que algunos anuncios realizan con productos de la competencia está restringida al uso de datos objetivamente demostrables (seguro que te suenan algunos de los que realiza la empresa Don Simon con sus zumos), sin embargo, en EEUU es una práctica habitual y son típicos los anuncios de Pepsi y Coca-Cola o de Apple y PC como alguno de los que te mostramos a continuación:

Vídeo 1. Publicidad comparativa. Fuente: Youtube



Registro Mercantil Central

Para conseguir cierta seguridad en la actividad empresarial, es preciso que determinadas informaciones sean públicas y respondan a la realidad. La finalidad de los Registros consiste en garantizar que dichas informaciones se presuman veraces y puedan ser conocidas por quienes lo necesiten. Así con el fin de recoger y proporcionar información esencial para la actividad empresarial existe el Registro Mercantil, que es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia en el que:

  • Se inscriben empresas en el momento de su constitución y otras instituciones, así como determinados actos esenciales de las mismas determinados por ley.
  • Se legalizan los libros de las empresas, se nombran expertos y auditores de cuentas, se depositan los documentos contables y se publica la información que exigen las normas.

El Registro Mercantil se divide en registros territoriales uno en cada provincia española. En Madrid se encuentra el Registro Mercantil Central reúne la información de todo el Estado y publica la que determina la ley en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORM). El Registro Mercantil es público y sus datos pueden ser consultados por cualquiera.


 

 

Legislación contable

Entre la normativa que afecta a la empresa también nos encontramos con la legislación contable. Aunque en una unidad posterior de este curso profundizaremos en ello, te adelanto que la Contabilidad es la disciplina que se encarga de determinar, medir y cuantificar los factores de riqueza de las empresas, con el fin de servir para la toma decisiones y control, presentando la información, previamente registrada, de manera sistémica y útil para los distintos agentes interesados en la información de la empresa (socios, administraciones públicas, trabajadores...).
Por tanto, es una técnica que produce sistemática y estructuradamente información cuantitativa, expresada en unidades monetarias acerca de las transacciones que efectúan las empresas; por lo que es de vital importancia que todas las empresas las realicen siguiendo unas mismas normas y principios contables que se encuentran en el Plan General Contable.

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